Para aliviar la situación de las personas con menos recursos, el Gobierno alemán ha facilitado las condiciones de acceso al ALG II (Hartz IV). El sindicato DGB ha publicado una nota informativa explicando los cambios en la normativa y repasando lo más importante que hay que saber sobre el ALG II (Hartz IV). Hemos traducido al castellano lo más relevante.
¿Qué se ha modificado?
1. Recibir el ALG II no va a depender de si la persona solicitante tiene ahorros o una propiedad. Basta con presentar una solicitud y declarar en ella que no se dispone de suficientes bienes. No habrá ningún control durante un período de 6 meses.
2. Los costes reales del apartamento y la calefacción se aceptan para un período de 6 meses, independientemente de que se consideren o no „apropiados“.
3. En el caso de que los criterios de elegibilidad no estén claros, se aprobará provisionalmente una prestación de 6 meses. Sólo se llevará a cabo una una revisión final y una contabilidad retroactiva en caso de que el beneficiario la solicite.
4. Las prestaciones ya aprobadas, que puedan ser renovadas hasta el 31 de agosto de 2020, se renovarán para un período de 12 meses sin necesidad de que se revisen de nuevo.
Las nuevas reglas se aplican a todas las solicitudes de ALG II que se reciban en el Jobcenter antes del 30 de junio 2020. Para dichas solicitudes, las nuevas reglas simplificadas se aplican a toda la duración de la concesión de las prestaciones, que suele ser de 12 meses, y de seis meses para las concesiones provisionales. El Gobierno alemán puede ampliar el plazo del 30 de junio hasta el 31 de diciembre de 2020.
¿A quiénes beneficiarán estas nuevas reglas?
Estos cambios para facilitar el acceso al ALG I tienen como objetivo apoyar a las personas trabajadoras afectadas por la crisis del coronavirus. En particular a los trabajadores por cuenta propia y a los pequeños empresarios, que suelen tener reservas financieras limitadas y no cuentan otras ayudas, como la prestación por desempleo o Kurzarbeitergeld.
¿Quiénes pueden recibir ALG II?
Se puede recibir el ALG II aún no siendo una persona desempleada. Para muchas personas empleadas y autónomas cuyos ingresos se han visto reducidos por la pandemia es una manera de asegurar un mínimo sustento. El criterio decisivo para poder optar al Hartz IV es que no dispongas de ingresos suficientes para sustentarte a ti y a tus familiares. Otro criterio relevante son los ahorros existentes. Sin embargo, en el contexto de la pandemia no se están teniendo en cuenta.
¿A qué prestaciones tengo derecho?
Con el ALG II, cada persona del hogar tiene derecho a una suma global fija establecida por la normativa. Las personas solteras tienen derecho a 432 euros al mes y las personas que convivan en parejas estables reciben 389 euros cada una. A un niño o niña le corresponden 250 euros (menos de seis años), 308 euros (de 6 a 13 años) y 328 euros (14 años o más). A esto se añade la cobertura del coste de la renta, incluido el de la calefacción (Warmmiete). Algunas personas tienen derecho a prestaciones adicionales (por ejemplo, los padres y madres solteras, las mujeres embarazadas, personas con una discapacidad, etc.).
¿Se aplican normas especiales si trabajo por cuenta propia?
Es normal en las personas que trabajan por cuenta propia que sus ingresos fluctúen y sea difícil predecirlos. Esta circunstancia se acentúa en la crisis del coronavirus, ya que muchos contratos o pedidos se han cancelado.
Los trabajadores por cuenta propia sólo tienen que declarar los ingresos que vayan a tener con toda seguridad.
En el pasado, subestimar los propios ingresos no era aconsejable.
En el caso de los trabajadores por cuenta propia, al principio se decidía sobre el derecho a prestaciones de forma provisional. Posteriormente, cuando los ingresos reales se conocían, se hacía el cálculo definitivo y, en caso de que los ingresos se hubieran subestimado, la oficina de empleo reclamaba el sobrepago. No obstante, ahora el peligro de los reembolsos ya no existe, pues el cálculo con carácter retroactivo sólo se realiza si el beneficiario lo solicita.
¿Se aplican reglas especiales (para el cálculo de ALG II) si recibo Kurzarbeitergeld?
No. Cuando se cobra el Kurzarbeitergeld, correspondería de ALG II la diferencia entre ese ingreso y el importe considerado necesario para la subsistencia (cantidad estándar para vivir más el coste de la vivienda).
¿Dónde y cómo puedo solicitar el ALG II?
Debes solicitarlo en el Jobcenter que te corresponde por tu domicilio. Aquí puedes ver cuál es y hacer todo los trámites: https://www.arbeitsagentur.de/arbeitslos-arbeit-finden/arbeitslosengeld-2